AMONESTADOS (Partidos jugados el 11 y 13/02//2022)
P/Cultural Villa Valeria: LUNA Joaquín (40.505.869); MAGALLANES Franco
(31.714.900); VALDEZ Franco (38.335.468).
P/Nelson Page de Huinca Renancó: PEREYRA Álvaro (42.696.470).
P/Deportivo y Cultural Serrano: SABY Adrián (41.593.076); MORA Javier (42.109.866);
GONZÁLEZ Facundo (41.593.082); ÁLVAREZ Gaspar (42.441.992); ROUROCH Eduardo
(41.097.048).
P/La Lonja de Villa Rossi: MADERNA Nazareno (44.433.307); QUIROGA Lucas
(41.116.931); GOICO Ezequiel (42.183.993).
P/Central Córdoba Laboulaye: MERCADO Agustín (39.733.767); PEZOA Gabriel
(40.027.650).
P/Sportivo Norte de Laboulaye: ABOD Hugo (36.341.425); CECCOTTI Ignacio
(44.974.715); FERNÁNDEZ Nicolás (41.136.761); AGÜERO Jonathan (38.111.974);
MONDINO Franco (41.000.022); GARAY Franco (43.476.073); ROSALES Tomás
(42.982.343).
P/Recreativo Estrellas de Jovita: ANDINO Manuel (37.126.531); CASALIS Jonatan
(39.568.537); BERSIA Franco (37.320.802); QUIÑONES Kevin (37.876.587).
P/Belgrano de Coronel Moldes: ÁNGEL Marcelo (34.429.631); RIERA Francisco
(41.103.456); MORES Eber (36.649.574).
P/Sportivo Rural de Santa Eufemia: CEBALLOS Facundo (41.484.227); RACHED
Federico (41.484.232); TAVECCHIO Maximiliano (33.957.998); GAGLIESI Alejo
(41.484.203); GARCÍA Franco (43.693.244).
P/Defensores de San Marcos Sud: DEPETRIS Manuel (32.034.761); TALER Maximiliano
(34.100.427); GUZMÁN Marcelo (31.248.446); DEPETRIS Pablo (32.034.760);
BARRERA Federico (46.377.225).
P/Central Argentino La Carlota: RAMÓN Martín (42.861.309); GUERREIRO Mariano
(37.126.917); MALDONADO Mario (42.512.890).
P/Atenas de Ucacha: FERRERO Matías (35.909.596); CABRERA Joaquín (42.891.950);
MURÚA Juan (45.405.964).
P/Newbery & Everton de Cruz Alta: ZÁRATE Milton (37.029.089); CERQUETELA
Brian (36.898.850); BRUNO Santiago (41.349.755); CHINDELCUORE Iván (36.898.850);
DIMARCO Mateo (41.349.746).
P/Lambert de Monte Maíz: VELOZ Camilo (39.544.600); MERZARIO Manuel
(41.141.465); SORIA Gonzalo (37.195.404); PONSETTI Juan Ignacio (38.159.955).
P/Villa Argentina de Marcos Juárez: CUELLO Tomás (43.132.777); BUSANO Enzo
(41.185.114); CANTONI Facundo (39.822.305); PERALTA Rodrigo (43.132.752).
P/Juventud Unida de Camilo Aldao: AMATTI Nicolás (38.337.691); GARDEANO Guido
(35.585.174); FERRERO Francisco (46.305.749).
P/Talleres de Ballesteros: STADELMAN Franco (40.295.623); ROLDÁN Germán
(35.236.338).
P/Atlético y Biblioteca Pascanas: RABBIA Sergio (34.612.241); CONTRERAS Gabriel
(38.019.581); SACHETTO Marcos (38.251.296); ANDRÉS David (42.859.148).
P/Atlético Central de Bell Ville: PALACIO Joaquín (42.890.934); MARFIL Ignacio
(40.502.880):
P/Independiente FC de Pascanas: ABBA Fabricio (38.019.592); TORDI Santiago
(42.048.009); GIRAUDO Federico (40.505.133).
P/Sarmiento de Etruria: GIUFFRÉ Bruno (33.083.240); LÓPEZ Tomás (42.184.773).
P/Sportivo Belgrano de Almafuerte: LENCINA Roberto (38.107.265); GARCÍA
Benjamín (42.696.740); LÓPEZ Diego (41.440.476).
P/San Lorenzo de Las Perdices: TOBARES Marcelo (40.752.165); ZURIAGA Matías
(42.106.271); TÓFFOLO Maximiliano (40.685.691); MOYANO Gastón (30.561.962).
P/L. N. Alem de Villa Nueva: MORALES Leonardo (38.728.254); VILLAGRA José
(32.156.029); DÍAZ Claudio (33.198.753); FAVA Martín (42.219.042).
P/Asociación Deportiva El Arañado: ARIETTI Gabriel (44.372.239); PAYE César
(39.472.532).
P/Bibl. Popular Infantil Almafuerte de Las Varillas: PERRET Facundo (39.736.525);
FONSECA ALEMANDI Juan Cruz (37.196.458); FERREYRA Santiago
(40.572.714); LUDUEÑA Laureano (37.629.530); POGGIO Mateo
(45.482.990).
P/Los Zorros Sportivo Club: FERREYRA Martín (38.278.651); GUDIÑO Pascual
(30.878.623); MONETTO Francisco (44.243.843).
P/Asociación Deportiva y Cultural Colazo: LUDUEÑA Jonathan (34.485.551);
BAZZANI Santiago (43.927.639); DEVALIS Santiago (40.298.299); FARCHETTO Blas
(37.107.789); RÉBOLA Gabriel (34.429.174); ARIAS Emiliano (45.245.469); ÁLVAREZ
Misael (38.063.652).
P/Asociación Deportiva y Cultural Luque: FERRATO Diego (39.610677); DÍAZ Maico
(40.205.065); GÓMEZ Jonathan (33.628.232).
P/Cultural de La Para: LOZA Kevin (39.613.202); MARTINO Mariano (41.483.957);
MARTINO Lucas (43.603.450).
P/A. y B. Villa del Rosario: DANIELE Franco (38.728.768); PÉREZ Carlos (40.572.977);
TAPIA GIANINI Joaquín (43.188.447); LEIVA Rodrigo (38.112.111).
P/Sportivo Belgrano de La Para: ROBLEDO Ulises (36.788.749); MADERA Eric
(39.613.219); CANDIANO Axel (43.060.919); ROLÓN Pablo (35.258.489).
P/Defensores del Oeste V. Dolores: MARTÍNEZ Carlos (41.593.625); GARAY Walter
(36.604.786); OLMEDO PELLIZA Nahuel (44.192.233); GONZÁLEZ José (33.371.861);
TELLO Diego (39.970.334); GIL Lucas (42.184.952).
P/Comercio de Villa Dolores: MERCADO Francisco (40.964.673); AGUILERA Matías
(40.203.729); ALBORNOZ Renzo (40.684.601); ACOSTA ALEGRE Alexis (41.521.975)
P/Falucho de Jesús María: LUNA Gonzalo (40.801.708); CÓRDOBA Esteban
(36.187.196); ROLDAN Tomas (40.576.388); IBAÑEZ Cristian (41.523.266)
P/Deportivo Calera: REYNA Ricardo (43.061.693); CORTEZ Facundo (42.890.719);
FILIPPI Marco (38.728.028); PERALTA Darío (42.890.712).
P/San Martín de Colonia Caroya: ROJAS Franco (35.872.561); DÍAZ Luciano
(35.259.048); AGUIRRE Augusto (35.913.831); CADAMURO Cristian (43.411.124);
VIDELA Adrián (40.297.761); VILLALBA Franco (45.698.003).
P/Social Travesía: PIZARRO Federico (30.014.840); JUÁREZ Kevin (44.974.891);
FERNÁNDEZ Marcelo (30.184.236); PÉREZ Adrián (39.969.245):
P/Deportivo Crecer de Monte Cristo: BRAMARDI Ivo (38.884.185); PEÑALBA
Ezequiel (44.873.914); NIEVAS Gonzalo (43.412.653).
P/El Trébol de El Tío: GARRONE Nicolás (30.951.248); GAVATORTA Julio César
(38.108.591); VIGNOLO Juan Pablo (36.111.048).
P/Bochas Sport Club de Colonia Caroya: ITURRE Jonathan (42.050.312); RODRÍGUEZ
Federico (41.158.808); TOLEDO Diego (42.439.069); PERESSOTTI Enzo (43.412.815).
P/Guido y Spano de Marull: GIRAUDO Ronald (38.159.656); CUELLO Facundo
(45.089.620); CAVALLO TROSSERO Alejo (46.227.248); RIVERA Ramiro (44.245.076);
PIZARRO César (44.975.749).
P/Forchieri de Unquillo: JARA Franco (38.105.976); TOLEDO Juan (41.524.866).
P/Sportivo Tirolesa de Colonia Tirolesa: FARÍAS Juan Cruz (42.048.121); AGUIRRE
Daniel (33.101.727); BAIGORRIA José (44.578.290); SCHAROLLI Stéfano (39.419.723).
EXPULSADOS Y/O SUSPENDIDOS
(Partidos jugados el 11 /02 y 13/02/022)
P/La Lonja de Villa Rossi: MORAN Pablo (P.F., D.N.I. 21.719.982) 1 partido arts.
186/260 (redimible multa v.e. 21); LUCERO Claudio (A.C., D.N.I. 31.450.309) 2 partidos
arts. 186/260 (redimible multa v.e. 42).
P/Belgrano de Coronel Moldes: PÉREZ Osvaldo (44.685.469) 2 partidos art. 200 inciso a,
punto 3.
P/Atlético Central de Bell Ville: SUPERTINO Oscar (41.484.057) 2 partido art. 200 inciso
a, punto 3.
P/Sarmiento de Etruria: FIDELEBUS Diego (44.652.802) 1 partido art. 207.
P/San Lorenzo de Las Perdices: BERNASCONI Santiago (36.984.875) 1 partido art. 207.
P/L. N. Alem de Villa Nueva: PEDERNERA Nicolás (36.812.720) suspendido
provisoriamente conforme el art. 22; CARRERA Diego (41.411.162) suspendido
provisoriamente conforme el art. 22; FERNANDEZ Pablo (29.836.926) suspendido
provisoriamente conforme el art. 22; VILLAGRA José (32.156.029) suspendido
provisoriamente conforme el art. 22; MIRÓ Maximiliano (P.F., D.N.I. 33.592.196)
suspendido provisoriamente conforme el art. 22; MARTINEZ Fabián (35.505.297)
suspendido provisoriamente conforme el art. 22; FUNES Sebastián (A.C., D.N.I.
26.646.240) suspendido provisoriamente conforme el art. 22.
P/Asociación Deportiva El Arañado: VACA Claudio (A.C., D.N.I. 30.087.385) 1 partido
arts. 186/260 (redimible multa v.e. 21); CABRERA Axel (40.417.011) 2 partidos art.
207/186/59.
P/Bibl. Popular Infantil Almafuerte de Las Varillas: MARTINAZZO Cesar (A.C., D.N.I.
34.008.384) 1 partido art. 205 inciso b (redimible multa v.e. 21).
P/Newbery & Everton de Cruz Alta: VALDETTARO Santiago (44.474.018) 2 partidos
art. 200 inciso a, punto 1.
P/Lambert de Monte Maíz: PÁEZ Santiago (37.618.065) 1 partido art. 207; BOVO Andrés
(45.698.962) 1 partido art. 186.
P/A. y B. Villa del Rosario: QUINTEROS Hugo (A.C., D.N.I. 22.687.999) 30 días art. 263
inciso c.; OLOCCO Marcelo (Delegado) suspendido provisoriamente conforme el art. 22.
P/Defensores del Oeste V. Dolores: VEGA Santiago (44.762.243) 1 partido art. 207.
P/Comercio de Villa Dolores: AGÜERO Lucas (38.282.231) 1 partido art. 287 inciso 5;
ORZOLA COMBINA Mauricio (D.T.. D.N.I. 22.635.442) 30 días art. 263 inciso c; PÉREZ
Javier (40.203.628) 2 partidos art. 186/202 inciso b; DÍAZ Jorge (40.816.102) 1 partido art.
207.
P/Falucho de Jesús María: DÍAZ Gabriel (39.447.852) 2 partidos art. 200 inciso a, punto
9.
P/Social Travesía: PÉREZ Guillermo (35.056.281) 1 partido art. 207; PÉREZ Ramón (A.C.,
D.N.I. 20.508.429) 1 partido arts. 186/260 (redimible multa v.e. 21).
P/Deportivo Crecer de Monte Cristo: COLMENARES Nahuel (41.965.721) 1 partido art.
207; LÓPEZ Agustín (40.246.563) 1 partido art. 204.
P/El Trébol de El Tío: ROMERO Cristian (Utilero, D.N.I. 34.503.093) 30 dias art. 263
inciso c; HEREDIA Luis (36.986.117) 2 partidos art. 200 inciso a, punto 8; GALLARDO
Augusto (43.298.576) 2 partidos art. 200 inciso a, punto 1.
P/Forchieri de Unquillo: MONTIEL Sebastián Mauricio (D.T., D.N.I. 22.485.089) 1
partido arts. 186/260 (redimible multa v.e. 23); CURLETTO Rodrigo (40.296.976) 1 partido
art. 207; TELLO Juan (40.686.474) 1 partido art. 207.
P/Sportivo Tirolesa de Colonia Tirolesa: CATTÁNEO Tomás (39.058.269) 1 partido
art.207; MEDINA Franco (41.962.167) 1 partido art. 207.
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JUGADORES SANCIONADOS CON UN PARTIDO DE SUSPENSIÓN POR
VIOLACION ART 208 (3 AMARILLAS)
P/Deportivo y Cultural Serrano: SABY Adrián (41.593.076); GONZÁLEZ Facundo
(41.593.082)
P/Defensores de San Marcos Sud: GUZMÁN Marcelo (31.248.446).
P/Central Argentino La Carlota: MALDONADO Mario (42.512.890).
P/Newbery & Everton de Cruz Alta: ZÁRATE Milton (37.029.089); CHINDELCUORE
Iván (36.898.850).
P/Villa Argentina de Marcos Juárez: BUSANO Enzo (41.185.114)
P/Asociación Deportiva y Cultural Colazo: BAZZANI Santiago (43.927.639)
P/A. y B. Villa del Rosario: LEIVA Rodrigo (38.112.111).
P/Sportivo Belgrano de La Para: ROLÓN Pablo (35.258.489).
P/Defensores del Oeste V. Dolores: MARTÍNEZ Carlos (41.593.625); OLMEDO
PELLIZA Nahuel (44.192.233).
P/Comercio de Villa Dolores: ALBORNOZ Renzo (40.684.601).
P/Deportivo Calera: REYNA Ricardo (43.061.693); CORTEZ Facundo (42.890.719)
P/Social Travesía: PÉREZ Adrián (39.969.245).
P/San Martín de Colonia Caroya: CADAMURO Cristian (43.411.124).
P/Bochas Sport Club de Colonia Caroya: RODRÍGUEZ Federico (41.158.808).
P/Guido y Spano de Marull: GIRAUDO Ronald (38.159.656); PIZARRO César
(44.975.749).
P/Forchieri de Unquillo: TOLEDO Juan (41.524.866).
EN LAS SANCIONES QUE ANTECEDEN SE APLICÓ EL ART. 220 DEL R.T. y P..
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EXPEDIENTES
EXPEDIENTE 05/22: HEREDIA Santiago y Otro P.S.A. Agresión y suspensión de
partido.
Y VISTO: a fs 1, informe del sr árbitro Rodríguez Lucas, quien dirigió, en el marco del XX
Campeonato Provincial de clubes de Primera división “ Julio Federico Kiehl”, el día
06/02/2022, en el estadio de Asociación Colazo, a los equipos, local Asociación Colazo y
Los Zorros Sportivo club, que nos cuenta “…el partido fue suspendido a los 44¨del segundo
tiempo por una agresión al árbitro asistente Nº1 Machiavello Lautaro, en el momento que me
informa de una agresión por parte del Sr HEREDIA Santiago DNI 43.298.820 (11) del club
Colazo, aplicándole un puntapié a la altura del tobillo impactando. Al momento de la
expulsión el señor corre hacia el asistente y le propina un golpe de puño impactando en el
rostro del mismo, teniendo que ser reducido por la policía, intentando seguir agrediendo al
asistente, en ese mismo momento el señor HEREDIA Valentín DNI 45.404.299 del club
Colazo viene por la espalda del asistente y le propina un golpe de puño impactándole en el
rostro…”; a fs 2, Constancia de denuncia Policial formulada por el sr Macchiavello Lautaro
Jorge Roberto, firmada por el Sgto 1º T.S.S. Javier Ferreyra, Jefe de Guardia; a fs
3 certificado médico extendido en Colazo a las 21 hs del día 06/02/2022, por la Dra. Sobisch
N. Florencia M.P. 41470, encargada del centro de salud Municipal Esteban M. Lezcano; a fs
4, acta de este Tribunal en donde se le otorgan cinco (5) días a los sr HEREDIA Santiago,
DNI 43.298.820 y HEREDIA Valentín, DNI 45.404.299, ambos del club Colazo, para que
ejerzan su derecho de defensa, de acuerdo al art 8 del R.T y P del Consejo Federal de
Fútbol.; afs 5/6, Nota presentada por Asociación Cultural y Deportiva Cultural Colazo. Y
CONSIDERANDO: Que en su denuncia policial el sr asistente Nº1 Machiavello Lautaro,
DNI 39.912.610, cuenta “…mientras se desempeñaba como juez asistente Nº 1, en el
encuentro entre los clubes A.D.C. Colazo vs Los Zorros Sportivo club, faltando uno minutos
para la finalización…y en minutos de descuento, se produce un disturbio dentro del campo
de juego en el sector del banco local, cuando llama al árbitro del partido para informar una
agresión física recibida por el jugador número 11, HEREDIA Santiago, DNI 43.298.820, en
la pierna derecha en la zona del tobillo, a continuación el árbitro lo expulsa, el Sr. Heredia
sale corriendo hacia donde se encontraba y lo agrede con golpes de puño, uno en la cabeza y
otro en el rostro, a posteriori ingresa el jugador número 16 también del club local, Sr
HEREDIA Valentín, DNI 45.404.299, también lo agrede con otro golpe de atrás dando en la
nuca, por tal motivo el árbitro del encuentro procede a la suspensión del mismo…”. Además
acompaña certificado médico emitido por la Dra Sobisch N. Florencia M.P. 41470, en donde
figura que tiene excoriación en la rodilla izquierda y múltiples excoriaciones en el brazo
derecho y región codo derecho. Nota presentada por Asociación y Deportiva Cultural Colazo,
en donde además del ejercicio del derecho de defensa efectuados por los jugadores
HEREDIA Santiago, DNI 43.298.820, que dice “…yo si iba con la intención de pegarle, y lo
único que hice fue empujarlo, porque el policía se me tiro de atrás para agarrarme y ahí choco
y lo tumbo al leiman…”, y el jugador, Sr HEREDIA Valentín, DNI 45.404.299, expone
“…yo fui echado sin causa y cuando voy a reclamar un compañero me saca a la fuerza…”,
dicen”…Quermes dejar constancia, con las firmas de presidente y secretario de nuestra
institución que estamos completamente en contra de este tipo de actitudes y repudiamos
conductas agresivas aún así existan injusticias deportivas…”.Analizando la documental
obrante en autos, en primer lugar diremos que este Tribunal tiene por jurisprudencia que los
informes elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se
consigna, y que sólo mediante el aporte de testimonios directos en contrario puede
desacreditarse ese valor. Que resulta carga para el acusado por el principio de la inversión de
la carga probatoria traer al expediente prueba directa, no hipótesis o conjeturas, que impugne
el informe. Esa valoración procede del principio de autoridad sobre el que radica el imperio
que tiene la persona que a la sazón es la autoridad máxima del partido. De otra manera no
sería posible juzgar en forma sumaria, segura y acorde a los principios del deporte, un legajo
deportivo. La autoridad del encuentro es el árbitro y se presume la legalidad de sus actos
hasta que se demuestre su error, de otra manera no podría sustanciarse ningún proceso
administrativo deportivo. Que el accionar de los jugadores, HEREDIA Santiago, DNI
43.298.820 y Sr HEREDIA Valentín, DNI 45.404.299, se encuentra encuadrado en el art.
183 del R.T.Y.P, que dice “…suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro
aplicándole golpe por cualquier medio…con propósito de agresión…”. Por lo expuesto
ambos jugadores deben ser sancionados con la aplicación de dicho artículo. En cuanto a la
suspensión del partido , se lo da por finalizado con el resultado que se registraba al momento
de la suspensión, obrante en la Planilla de Resultados, por todo ello SE RESUELVE:
1) Sancionar al jugador Sr HEREDIA Santiago DNI 43.298.820, del club Colazo, con la pena
de UN (1) año de suspensión, por violación al art. 183-32-33 del R.T y P. 2) Sancionar al
jugador Sr HEREDIA Santiago HEREDIA Valentín, DNI 45.404.299, del club Colazo, con
la pena de UN (1) año de suspensión, por violación al art. 183-32-33 del R.T y P, 3 Dar por
finalizado el encuentro suspendido entre A.D.C. Colazo vs Los Zorros Sportivo club, con el
resultado que se registraba al momento de la suspensión, obrante en la Planilla de
Resultados ( art 32-33 del R.T. y P.) NOTIFIQUESE- PUBLIQUESE-ARCHIVESE
EXPEDIENTE 06/22: PEDERNERA Nicolás y Otros P.S.A. Agresión.
Correr traslado por el término de cinco (5) días del informe del árbitro VALDEZ Gonzalo, a
los jugadores PEDERNERA Nicolás (36.812.720); CARRERA Diego (41.411.162);
FERNANDEZ Pablo (29.836.926); VILLAGRA José (32.156.029); MARTINEZ Fabián
(35.505.297) y a los miembros del cuerpo técnico MIRÓ Maximiliano (P.F., D.N.I.
33.592.196); FUNES Sebastián (A.C., D.N.I. 26.646.240) todos los mencionados del Club
L. N. Alem de Villa Nueva, para que ejerzan su derecho a defensa conforme el art. 8 del
R.T.P. Además, dicho descargo deberá estar firmado por Presidente y Secretario del Club.
EXPEDIENTE 07/22: Asociación Deportiva El Arañado S/ agresión parcialidad.
Correr traslado por el término de cinco (5) días del informe del árbitro LAMBERTI Santiago,
al Club Asociación Deportiva El Arañado, para que ejerzan su derecho a defensa conforme
el art. 7 del R.T.P. Además, dicho descargo deberá estar firmado por Presidente y Secretario
del Club.
EXPEDIENTE 08/22: OLLOCO Marcelo Fabián (Delegado Club Atlético Villa del
Rosario) P.S.A. intento de agresión.
Correr traslado por el término de cinco (5) días del informe del árbitro SENA Hernán, al
delegado OLLICO Marcelo Fabián delegado del Club Atlético Villa del Rosario, para que
ejerzan su derecho a defensa conforme el art. 8 del R.T.P. Además, dicho descargo deberá
estar firmado por Presidente y Secretario del Club.
EXPEDIENTE 09/22: violación art. 276 R.T.P.
VISTO el informe presentado por el árbitro SIMON Luis correspondiente al encuentro
disputado entre los clubes San Martin contra su par de Travesia en el estadio de aquel, el dia
13 de febrero de 2022, el cual manifiesta una demora al arribo del estado por haberse
presentado en el destacamento policial para que sean trasladados a lugar del
encuentro. CONSIDERANDO que es responsabilidad de la terna arbitral presentarse en
tiempo y forma al lugar donde han sido designados. Que ante el incumplimiento de la
presentación en termino son pasibles de ser sancionados conforme el art 273 del
R.T.P.. RESOLVEMOS solicitar a la Federación Cordobesa de Futbol que arbitre los
medios para que la ternar integrada por los Sr. SIMON Luis, PASTORINO Eduardo y
VIDELA Alejandro, pertenecientes a la sigla E.A.F.A, no sean designados por el termino de
15 días conforme el artículo 276 del R.T.P. COMUNIQUESE-PUBLIQUESEARCHÍVESE.
————————————————————————————–
NOTAS
Nota ingresada por el Club Defensores del Oeste de Villa Dolores
Atento nota ingresada por el club mencionado supra, recibida con fecha 15 de febrero de
2022, hacemos saber al club en cuestión que su reconsideración no ha lugar por extemporánea
(art.40 R.T.P.).
Hacemos saber al club que se encuentra suspendido provisoriamente hasta la oportuna
cancelación con el recibo oficial emitido por la Federación Cordobesa de Futbol, Quedando
inmediatamente levantada la SUSPESNION PROVIONAL al momento del efectivo pago,
que se verificará con el RECIBO OFICIAL que otorga la Tesorería de la Federación, sin
necesidad de otra comunicación de este Tribunal. Si el club no llegase a abonar en tiempo
deberá continuar disputando el torneo sin la sumatoria correspondiente de puntos conforme
el art. 118 del R.T.P.